La Personalidad Jurídica, es el reconocimiento a los derechos, de los cuales un ente puede gozar o exigir su cumplimiento al Estado. Cuando se le reconoce Personalidad Jurídica a la Naturaleza, implica que las regiones naturales pueden ser titulares de derechos como su cuidado y reparación, por medio de representantes que protejan los intereses de la Naturaleza. Un ejemplo de esto, puede ser el Río Whanganui en Nueva Zelanda; dicho río, del cual sus recursos eran explotados, fue defendido en una demanda hacia el Estado Neozelandés por una tribu Maorí, la cual habita en él y posee una conexión espiritual con éste. Al ganar la demanda, se reconoció la Personalidad Jurídica del Río, la cual creó una distinción entre la protección a los derechos de la tribu (ej. Resarcimiento económico) y los derechos de la Naturaleza (ej. Restauración de su ambiente).